
Negocia tus notas de crédito del SRI
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Mira aquí las últimas estadísticas de negociaciones de notas de crédito del SRI en la Bolsa de Valores
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Preguntas Frecuentes
1. ¿Qué es una nota de crédito desmaterializada del SRI?
Una nota de crédito desmaterializada es un título valor emitido por el SRI para devolver valores de pagos en exceso o indebidos de impuestos ya sea a personas naturales o jurídicas. Estos títulos son desmaterializados y registran de forma electrónica en el sistema del SRI.
2. Qué tipo de notas de crédito son emitidas por el SRI ?
a) Por devoluciones de impuestos. Son aquellas que se emiten por devolución de impuestos relacionados a pagos de IVA, ICE; Retenciones en la fuente o de impuesto a la renta de años anteriores.
b) Por devolución del impuesto a la salida de dividas -ISD: son considerados como crédito tributario del impuesto a la renta, únicamente si dichos pagos al exterior se encuentran relacionados con el listado de subpartidas arancelarias emitido por el Comité de Política Tributaria del Ecuador.
3. ¿Qué beneficio obtengo al negociar una nota de crédito a través del mercado de valores?
Las casas de valores son intermediarios financieros autorizados por la Superintendencia de Compañías para realizar la negociación de compra – venta de títulos valores como lo son las notas de crédito emitidas por el SRI.
- El beneficio como vendedor de una nota de crédito, es obtener liquidez inmediata con seguridad y con un porcentaje de descuento adecuado.
- El beneficio como comprador es generar un ahorro continuo al momento de adquirir notas de crédito para el pago de sus impuestos mensuales, ya que se beneficia del descuento que obtienen al momento de la compra.
4. ¿Cómo puedo negociar mi nota de crédito en una casa de valores?
En MERCAPITAL requerimos los siguientes documentos para vender notas de crédito del Servicio de Rentas Internas (SRI):
PERSONA NATURAL
- Cédula identidad
- Certificado bancario (donde se acreditará el dinero)
- Formulario “conozca su cliente” (Documento emitido por Mercapital)
- Extracto de cuenta con la acreditación de la Nota de Crédito (Documento de descargo
en la página del SRI) - Resolución emitida por parte del SRI indicando el motivo de la devolución. (Documento
enviado por el SRI en documento PDF al correo ingresado del contribuyente.
PERSONA JURÍDICA
- Copia certificada del nombramiento del representante legal o apoderado
- Copia de la cédula de identidad del Representante Legal o Apoderado
- Estados financieros auditados, mínimo del año anterior, si aplica.
- Formulario 101 de pago del impuesto a la renta del año inmediato anterior
- Copia de un recibo de cualquiera de los servicios básicos.
- Copia del RUC
- Certificado Bancario
- Formulario “conozca su cliente” (Documento emitido por Mercapital)
- Extracto de cuenta con la acreditación de la Nota de Crédito (Documento de descargo
en la página del SRI) - Resolución emitida por parte del SRI indicando el motivo de la devolución. (Documento
enviado por el SRI en documento PDF al correo ingresado del contribuyente.
5. En que puedo utilizar las notas de crédito emitidas por el SRI?
- Las notas de crédito por devolución de ISD se pueden utilizar únicamente para el pago del impuesto a la renta del año inmediato anterior.
- Las otras notas de crédito de impuestos se utilizan para los pagos mensuales de obligaciones tributarias registradas en el SRI así como también en la SENAE y las obligaciones tributarias aduaneras.
6. ¿Cómo se fijan los precios de una nota de crédito en el mercado de valores?
- El precio de una nota de crédito en el mercado de valores varía en función de la oferta y la demanda; así como también del monto y de su origen de devolución (Impuestos regulares o por ISD).
- Con base a estos parámetros Mercapital envía una cotización ya sea de compra o
venta a sus clientes para su aceptación previo a la negociación en mercado.
7. ¿Puedo negociar mi nota de crédito directamente con el SRI?
No, el SRI no realiza negociaciones directas con los titulares de notas de crédito. Debes acudir a una casa de valores autorizada para realizar la negociación en el mercado secundario.
8. ¿Puedo negociar una Nota de Crédito que me fue otorgada por pago o contraprestación de un servicio prestado?
Si, puede realizar la negociación adjuntando a los requerimientos habituales, una carta firmada por el tenedor original de la nota de crédito la cual indique que se realizó un pago por medio de la nota de crédito y en la misma se debe adjuntar la resolución del SRI.
9. ¿Puedo recibir el pago de la negociación en la cuenta bancaria de un tercero?
No, por seguridad de nuestros clientes, validamos mediante la identificación o RUC, que la identidad del titular de la cuenta bancaria sea la misma que la del titular de la Nota de Crédito.
10. ¿Cuánto tiempo se demora el pago a mi cuenta bancaria?
Completada la negociación, la acreditación se realiza en el mismo día hábil o hasta máximo 24 horas después de la compra-venta.
11. ¿Desde qué monto puedo negociar Notas de Crédito?
No tenemos montos mínimos, se puede negociar cualquier valor.
12. ¿Tengo que pagar algún tipo de impuesto por la venta de mi Nota de Crédito?
No aplica retención alguna en el monto de la Nota de Crédito Negociada, únicamente se aplicará la retención correspondiente al 2,75% del valor de la comisión cobrada si es que es agente de retención.